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FORMACIÓN DUAL EN RÉGIMEN DE ALTERNANCIA
La finalidad de este programa es posibilitar a los jóvenes la modalidad de formación a través de un proceso de aprendizaje que se desarrolla en el centro educativo y en la empresa. Para ello, el alumnado participante en este programa mantiene simultáneamente una relación con el centro por su matriculación en un ciclo formativo y una relación con la empresa bien bajo un contrato para la formación y el aprendizaje o bien bajo una beca.
DESARROLLO:
- Un joven se matricula en un ciclo formativo y realiza el primer curso en el centro educativo.
- En junio, al finalizar el curso, la empresa firma con él por un año un contrato de formación y aprendizaje o una beca.
- Durante el segundo curso el trabajador-alumno compagina el trabajo con la formación, no pudiendo dedicar al trabajo más del 75% de las horas anuales que marque el convenio de la empresa.
CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL PROGRAMA:
- El trabajo realizado por el alumno en la empresa debe estar estrechamente relacionado con el perfil profesional del ciclo formativo que haya estudiado.
- El programa deberá contar con un tutor en el centro docente y un tutor en la empresa.
- El centro educativo elaborará una primera lista de posibles candidatos.
- Esta relación del alumnado se pondrá a disposición de las empresas para que realicen la selección final en base a sus criterios y procedimientos.
- La evaluación será compartida entre el centro y la empresa.
CON LA OPCIÓN DEL CONTRATO:
- El tipo de contrato ha de ser, obligatoriamente, contrato para la formación y el aprendizaje.
- No permite el trabajo nocturno ni las horas extraordinarias.
- Está destinado a jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritos en Lanbide como demandantes de empleo.
- Contempla reducciones del 100% de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social si la plantilla es inferior a 250 trabajadores y del 75% si es superior.
- Por participar, la empresa recibe de Lanbide una subvención de 2.000 euros.
- El salario lo estipula la empresa según su convenio (la referencia nunca será inferior al salario mínimo interprofesional) y se ajustará al número de horas realmente trabajadas.
CON LA OPCIÓN DE LA BECA:
- No permite el trabajo nocturno ni las horas extraordinarias.
- No hay límite de edad.
- La empresa debe cotizar a la Seguridad Social, pero únicamente una cantidad fija por contingencias comunes y profesionales.
- La empresa no recibe ninguna subvención de Lanbide
- El salario lo estipula la empresa (la referencia nunca será inferior al salario mínimo interprofesional) y se ajustará al número de horas realmente trabajadas. Las becas no están sujetas a convenio, a no ser que estén reguladas en él.
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